domingo, 28 de septiembre de 2014

Trabajo infantil en Argentina

DEUDA PENDIENTE  

Trabajo infantil en la Argentina.

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La Ley 26.390 prohíbe el trabajo infantil y eleva a 16 años la edad mínima de admisión al empleo. El Estado argentino, como parte de la Convención sobre los Derechos del Niño de la ONU, se compromete a proteger al niño contra la explotación económica y contra el desempeño de cualquier trabajo peligroso o que entorpezca su educación, o sea nocivo para su salud o su desarrollo físico, moral, espiritual o social.
En la Argentina, el trabajo en niños menores de 16 años está prohibido y el tiempo de trabajo en adolescentes está regulado, porque los expone a no poder ejercer su derecho a la educación, que actualmente es obligatoria hasta la finalización del ciclo secundario.
Sin embargo, el ejercicio del derecho a la educación no es lo único vulnerado en los niños y adolescentes que trabajan. El trabajo doméstico intensivo y la participación en actividades económicas en la niñez y la adolescencia exponen a los sujetos de este grupo poblacional a múltiples riesgos en las capacidades físicas y psicológicas, y en el ejercicio de otros derechos fundamentales, como el derecho al juego recreativo, la práctica de deportes, el esparcimiento, la sociabilidad con pares, entre otros. La exposición a estos múltiples riesgos y privaciones de derechos no sólo limita el desarrollo de capacidades que favorecen los procesos de movilidad, sino que resulta funcional, además, a los procesos de reproducción intergeneracional de la pobreza y la precariedad laboral.
En la población de 5 a 17 años de edad, en las zonas urbanas y durante los primeros cuatro años del Bicentenario, la incidencia del trabajo doméstico intensivo se revela estructural y afecta en promedio al 6% de esta población. No se advierten cambios en la incidencia promedio en el período. Por el otro lado, la propensión al trabajo económico registró una merma de 1,9 pp entre 2010 y 2013: se pasó de 12,4% a 10,4%. Esta tendencia ha sido progresiva y sostenida.
El análisis conjunto de ambos trabajos, doméstico intensivo y económico, como formas de explotación que afectan a los niños y adolescentes, experimentó una merma de 2,7 pp entre 2010 y 2013 por la caída del trabajo económico. Este pasó de una incidencia de 17,6% a 14,9%. A dicha merma han contribuido la asignación por hijo y la condicionalidad educativa asociada a ésta.
Nuestros estudios indican que la mayoría de los chicos trabajadores no podrá terminar la educación secundaria y, en el mejor de los casos, continuará sus trayectorias vitales en el marco de trabajos precarios, inestables y en condiciones profundamente nocivas para su salud física y psicológica.
Las estrategias de erradicación del trabajo infantil requieren considerar los múltiples aspectos relacionados. Se trata de un fenómeno que se asocia a las estrategias de reproducción de los hogares, a la informalidad laboral, y que encuentra una fuerte tensión con la continuidad educativa en la secundaria. Es válido recordar, por fin, que si bien la educación secundaria es obligatoria en la Argentina, aún no ha logrado realizar las transformaciones necesarias para que todas las adolescencias puedan ser incluidas. En la actualidad, para algunas juventudes la escuela no representa un vehículo de movilidad social y el trabajo precario representa un medio de integración en el marco de la reproducción intergeneracional de la pobreza.
Erradicar el trabajo infantil es una de las metas con que se ha comprometido el Estado argentino. La obligatoriedad de la educación secundaria seguramente ayudará a producir sinergia entre las acciones del campo educativo y las políticas de erradicación del trabajo infantil en la población adolescente, que es la más comprometida en términos de su magnitud con este problema. Está claro que la solución no es única y se requiere de la asociación de muchos sectores, entre los cuales podrían jugar un papel destacado los gobiernos locales y la ciudadanía informada y sensibilizada con el problema. Esperamos con los estudios del Barómetro de la Deuda Social de la Infancia (ODSA-UCA) aportar herramientas a los primeros para el diseño de acciones más efectivas y a lo segundo sumando elementos de reflexión y controversia que construyan opinión pública en torno al tema.
*Investigadora responsable de Barómetro de la Deuda Social Argentina (ODSA-UCA).http://www.perfil.com/columnistas/Trabajo-infantil-en-la-Argentina-20140614-0031.html

Trabajo infantil en Bolivia.

“Miles de familias necesitan los ingresos de los niños para sobrevivir”


Más de 800.000 menores que trabajan. “Hemos prohibido el trabajo infantil (hasta los 14 años) y queremos eliminar poco a poco el trabajo adolescente (entre 14 y 18)”, dice Eva Udaeta, directora del Plan para la Erradicación Progresiva del Trabajo Infantil, del Ministerio de Trabajo boliviano. Pero la realidad es un maremoto que ahoga las prohibiciones y los propósitos: según un informe de la ONU de 2009, en Bolivia 845.000 menores ejercen trabajos de todo tipo sin contratos ni seguros (son vendedores callejeros, lustrabotas, ayudantes de albañiles, agricultores, pastores…). “Miles de familias necesitan los ingresos de los niños y los adolescentes para sobrevivir. No podemos prohibirles la supervivencia, así sin más, sin ofrecer otra salida”, dice Cecilia Molina, directora de Cepromin (Centro de Promoción Minera) en La Paz. “El Gobierno dice que el trabajo infantil es ilegal, pero nosotros creemos que debe ser un derecho: los niños tienen derecho a trabajar, porque les permite sobrevivir, les ayuda a madurar, a socializarse, a formarse, en una sociedad que no ofrece otras posibilidades. Pero debe ser un derecho con condiciones muy tajantes: no pueden ser trabajos de explotación, no pueden limitar el derecho de los niños a la educación y la salud. Nosotros exigimos que se cumplan esas condiciones y educamos y formamos a los niños para que abandonen las tareas más duras, como la minería, y busquen oficios mejores. No hay otra manera real de cambiar las cosas”.
La versión del gobierno. El Gobierno boliviano no acepta esa tesis: “Por principio universal, el trabajo no es un derecho de los menores”, responde Udaeta. “En las familias de clase media a nadie se le ocurre decir que los niños tienen derecho a trabajar. Sólo se lo plantean las familias pobres, ¿y podemos defender un derecho que sólo sirve a los pobres y que es impensable para el resto de la sociedad? El trabajo infantil es una explotación impulsada por la miseria, así que debemos ir a la raíz: debemos luchar contra la pobreza. Y para eso está tomando medidas el Gobierno”. A pesar del desacuerdo, ambas partes expresan su deseo de no gastar energías en este debate: hay casos muy urgentes que exigen un trabajo conjunto.
Otra vida. Luis Melchor riega el invernadero con el que se financia la asociación de niños trabajadores.

martes, 23 de septiembre de 2014

Economías primarias.



Introducción
Durante la segunda mitad del siglo XIX, en la nueva división internacional del trabajo, Gran Bretaña, Francia, Alemania y Estados Unidos, se habían especializado como productores de manufacturas industriales.
En el contexto de ese proceso, las economías de los países latinoamericanos se incorporaron al mercado capitalista mundial como compradores de los productos industriales y como productores de alimentos y materias primas destinados a los centros industrializados.
Así, en el sistema capitalista internacional se fueron diferenciando los centros y las periferias.
Al mismo tiempo, en cada país latinoamericano se iniciaron profundas transformaciones internas vinculadas con la utilización, disponibilidad y propiedad de las tierras, la inversión de capitales, el comercio exterior, la infraestructura y las comunicaciones.
En todo el continente se fue desintegrando el sistema de trabajo esclavo y se generalizaron las relaciones asalariadas de producción.
En algunos países, los capitalistas locales lograron mantener el “control nacional” de la tierra y del sector productivo de exportación y su comercialización.
En otros, las producciones para la exportación quedaron en manos de capitales extranjeros y se constituyeron verdaderos “enclaves económicos”.
Este proceso de profundas transformaciones económicas estuvo acompañado de una reorganización de las instituciones políticas, fuertes tensiones y conflictividad social.
 La incorporación de las economías exportadoras de productos primarios al sistema capitalista internacional
En su obra “La economía latinoamericana desde la conquista ibérica hasta la revolución cubana”, el economista brasileño Celso Furtado (1920-2004) tipificó o clasificó a las economías latinoamericanas exportadoras de productos primarios del siglo XIX en tres grupos: economías exportadoras de productos primarios agrícolas de clima templado –carne y cerales–, economías exportadoras de productos primarios de clima tropical –azúcar, cacao, tabaco, café–, y economías exportadoras de productos minerales –cobre, estaño, entre otros–.
Actividad 1
1) Lean los siguientes tres textos que describen las principales características de las economías latinoamericanas exportadoras de productos primarias, de acuerdo con la clasificación elaborada por el economista Celso Furtado.
Copien los textos en el escritorio de sus equipos portátiles con la herramienta que les permite crear un archivo PDF. Luego, pueden hacer marcas y comentarios.
2) Con las herramientas disponibles en sus equipos portátiles, elaboren un cuadro como este.
Luego, complétenlo con información extraída de los textos que analizaron. También pueden incluir algunas imágenes.


Clima templado
Clima tropical
Productos minerales
Países
Argentina
Uruguay


Productos
(pueden ilustrar con fotos extraídas de Internet)

http://www.educ.ar/dinamico/UnidadHtml__get__2163c16d-c855-11e0-81ab-e7f760fda940/imagenes/image001.jpg

Nivel de crecimiento económico (elevado, medio o bajo)



Tipo de unidad productiva (hacienda o plantación, por ejemplo)y dimensión o escala



Economía de enclave o control nacional



Infraestructura, transporte y tecnología



Distribución social de la riqueza



Origen de los capitales



Impacto o consecuencias sobre la vida social y polítical



ase 2: Presentación y búsqueda de nueva información

Actividad 2

1) En la biblioteca de la escuela o del barrio, y si tienen acceso también en Internet, busquen información sobre las actividades productivas de exportación latinoamericanas durante la segunda mitad del siglo XIX, y completen el cuadro.
Les sugerimos que consulten los libros y visiten los sitios que se indican a continuación:
.Sobre economía en América del sur (libro de Leslie Bethell)
2) Lean el siguiente texto sobre las diferentes formas de organizar la producción económica.
Copien los textos en el escritorio de sus equipos portátiles con la herramienta que les permite crear un archivo PDF. Luego, pueden hacer marcas y comentarios.
3) Con un compañero, analicen el texto y luego definan cada uno de los siguientes conceptos:
.una economía con control nacional de la producción
.una economía de enclave
4) Miren el siguiente video sobre el “El modelo agroexportador”, producido por el Canal Encuentro (duración 2:14 minutos).

.¿Qué tipo de economía exportadora era la que se presenta y analiza en el video?
.¿Por qué lo pueden afirmar?
Extraído de Educar.

martes, 16 de septiembre de 2014

La guerra por la arena 1 y 2. Video

Chicos busquen  del 7-9-14 en archivos del blog, si no les dejo el link para que realicen el trabajo,http://youtu.be/Dg5j7nd4H2M , no olviden que es para el martes 23-09-14

Convenios multilaterales en materia ambiental

CONVENIO BILATERAL MULTILATERAL
/REGIONAL
1. Convenio relativo al empleo de la cerusa en la pintura. (25-10-1921)   x
2. Convención para la protección de la flora, la fauna y las bellezas escénicas naturales de los países de América. (12-10-1940)   x
3. Convención Internacional para la Reglamentación de la Caza de la Ballena (en su forma enmendada). Firmada en Washington, D.C. (12-12-1946)   x
4. Convenio para el establecimiento de una comisión interamericana de atún tropical. (31-05-1949)   x
5. Convención Internacional de Protección Fitosanitaria. Roma, Italia (6-12-1951).   x
6. Convenio Internacional para la Prevención de la Contaminación de las Aguas del Mar por Hidrocarburos. (12-05-1954)-(11-04-62 y 21 de octubre de 1969)   x
7. Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación de las Aguas del Mar por Hidrocarburos (en la forma enmendada el 11 de abril de 1962 y el 21 de octubre de 1969)
(12-05-1954)
  x
8. Convención sobre la plataforma continental. (29-04-1958)   x
9. Convención sobre pesca y conservación de los recursos vivos de la alta mar (29-04-1958)   x
10. Convención sobre la alta mar. (29-04-1958)   x
11. Convenio Relativo a la Protección de los Trabajadores contra las Radiaciones Ionizantes. (22-06-1960)   x
12. Tratado por el que se prohíben los ensayos con armas nucleares en la atmósfera, en el espacio ultraterrestre y debajo del agua. (5-08-1963).   x
13. Tratado sobre los principios que deben regir las actividades de los Estados en la Exploración y Utilización del Espacio Ultraterrestre, incluso la Luna y Otros Cuerpos Celestes. (27-01-1967)   x
14. Convenio que establece la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI).- Firmado en Estocolmo el 14 de julio de 1967. Enmendado el 28 de septiembre de 1979.-   x
15. Convenio Internacional relativo a la intervención en alta mar en casos de accidentes que causen una contaminación por hidrocarburos. (29-11-1969)   x
16. Convención Relativa a los Humedales de Importancia Internacional Especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas. (Convención Ramsar)
(2-02-1971) (Ramsar, Irán)
  x
17. Tratado sobre la prohibición de emplazar armas nucleares y otras armas de destrucción en masa, en los fondos marinos oceánics, y su subsuelo. (11-02-1971).   x
18. Convención sobre la prohibición del desarrollo, la producción y el almacenamiento de armas bacterológicas (biológicas) y tóxínicas y sobre su destrucción. Londres, Moscú, Washington. (10-04-1972)   x
19. Declaración de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente Humano
Estocolmo.- 16-06-1972
  x
20. Convención para la protección del patrimonio mundial, cultural y natural. París. (23-11-1972)   x
21. Convenio sobre la prevención de la contaminación del mar por vertimiento de desechos y otras materias. (en su forma enmendada). (Convenio de Londres). Ciudad de México, Londres, Moscú, Washington (29-12-1972).   x
22. Protocolo Relativo a la Intervención en Alta Mar en Casos de Contaminación del Mar por Sustancias Distintas de los Hidrocarburos (en su forma enmendada). (2-11-1973)   x
23. Convenio Internacional para prevenir la contaminación marina provocada por los buques (Marpol 73/78). Londres. (2-11-1973) (no fue firmado por México).   x
24. (Después de 17 años como observador, México ratificó su ingreso a este Convenio). (04-92).   x
25. Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres. Washington. (CITES). (03-03-1973)   x
26. Protocolo 1978 Relativo al Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación de los Buques, 1973.
Londres. (17-02-1978).- Depositario OMI
  x
27. Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. (10-12-1982).   x
28. Convenio para la protección y el desarrollo del medio marino de la región del Gran Caribe. (24-03-1983).   x
29. Protocolo de Cooperación para combatir los derrames de hidrocarburos en la región del Gran Caribe del Convenio para la protección y el desarrollo del medio marino de la región del Gran Caribe. (24-03-1983).   x
30. Convenio de Viena para la Protección de la Capa de Ozono. (22-03-1985).   x
31. Convenio de las Naciones Unidas sobre las condiciones para el Registro de Buques. (7-02-1986)   x
32. Convención sobre la Pronta Notificación de Accidentes Nucleares. (26-09-1986)   x
33. Convención sobre Asistencia en Caso de Accidente Nuclear o Emergencia Radiológica. (26-09-1986   x
34. Protocolo de Montreal relativo a las sustancias agotadoras de la Capa de Ozono. (16-09-1987).   x
35. Memorándum de Entendimiento entre México, Estados Unidos y Canadá para la protección de aves migratorias y acuáticas y sus hábitats. (16-02-1988).   x
36. Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación. Basilea, Suiza. (22-03-1989).   x
37. Protocolo relativo a las áreas y flora y fauna especialmente protegidas del convenio para la protección y el desarrollo del medio marino de la región del Gran Caribe. (18-01-1990).   x
38. Convención de Viena sobre responsabilidad civil por daños nucleares. (09-07-90). (Depósito del instrumento de ratificación 19-10-1990).   x
39. Acuerdo General de Cooperación entre los Gobiernos de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua, y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos (11-01-1991) TUXTLA I   x
40. Memorándum de Entendimiento sobre Educación Ambiental entre Canadá, México y Estados Unidos. (06-1992).   x
41. Entrada en vigor del Convenio de Basilea para Control de Movimientos Transfronterizos de los Residuos Peligrosos y Sustancias Tóxicas. (05-05-1992) (firmado por México el 22 de mayo de 1989)   x
42. Ratificación del Acuerdo para la Creación del Instituto Interamericano para Investigación del Cambio Global. 07-92 (Adoptado en Montevideo, Uruguay 13-05-1992).   x
43. Convenio Constitutivo de la Organización Mundo Maya (Depositario. OEA) 14-08-1992   x
44. Convención sobre el Cambio Climático. Río de Janeiro, Brasil. (Aprobado por el Senado de México el 03-12-92. Decreto por el que se aprueba el texto de la Convención publicado en el DOF 13-01-1993).   x
45. Convenio sobre Diversidad Biológica. Río de Janeiro, Brasil. (Aprobado por el Senado de México 03-12-92. Decreto de aprobación publicado en el DOF 13-01-1993).   x
46. Tratado de Libre Comercio de América del Norte. Acuerdos Paralelos. (01-01-1994)   x
47. Promulgación de la Convención de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE).-Declaración del Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos sobre la Aceptación de sus obligaciones como Miembro de la OCDE.- Medio Ambiente.- Decisión del Consejo relativa al Conjunto Mínimo de Datos Previos a la Comercialización en la Evaluación de productos químicos [Doc. No. C(8 2) 196 (Final)]. (05-07-1994)   x
48. Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación y la Sequía.- Paris.- 17-06-1994   x
49. Declaración Conjunta de la Reunión de Jefes de Estado y Gobierno de Centroamérica y México. “TUXTLA II”. (16-02-1996)   x
50. Declaración de Tulum. Q.R. (5-06-1997)   x
51. Declaración Conjunta de la III Reunión de Jefes de Estado y de Gobierno de los Países Integrantes del Mecanismo de Diálogo y Concertación de Tuxtla. TUXTLA III.- El Salvador.- (17-07-1998)   x
52. Memorándum de Entendimiento sobre Cooperación Internacional para el Desarrollo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos, el Gobierno de Canadá y el Gobierno de los Estados Unidos de América.). Nueva, York, EUA. (21-09-1999)   x
53. Declaración Conjunta de la IV Reunión de Jefes de Estado y de Gobierno de los Países Integrantes del Mecanismo de Diálogo y Concertación de Tuxtla. (TUXTLA IV) Ciudad de Guatemala, Guatemala. (25-08-2000)   x
54. Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología del Convenio sobre Diversidad Biológica.-Montreal. (29 enero de 2000).   x
55. Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes.- Estocolmo. (23-05-2001)   x
56. Declaración Conjunta de la V Reunión de Jefes de Estado y de Gobierno de los Países Integrantes del Mecanismo de Diálogo y Concertación de Tuxtla. TUXTLA V.- Mérida, Yuc.- (27-06-2002)   x
57. Declaración de CANCÚN de Países Megadiversos Afines.- CBD.- Cancún, Q.R. (18-02-2002)   x
58. Declaración Conjunta de la VI Reunión de Jefes de Estado y de Gobierno de los Países Integrantes del Mecanismo de Diálogo y Concertación de Tuxtla. TUXTLA VI.- Nicaragua.- (25-03-2004)   x
 
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Estados Unidos rechazó Protocolo de Kioto

Noticias Internacionales

Estados Unidos dió su rechazo definitivo al Protocolo de Kyoto. Alemania planteó seguir adelante con la firma del acuerdo aunque no esté Estados Unidos. Japón, China y Corea del Sur junto a la Unión Europea presionan a Estados Unidos para que cumpla el acuerdo.
El Gobierno de Estados Unidos comunicó a la Unión Europea su rechazo definitivo al cumplimiento del Protocolo de Kyoto. En una reunión realizada en Washington, la administración de George Bush dijo que no apoyará los acuerdos ambientales de Kyoto porque “son injustos para Estados Unidos”. Su postura causó conmoción y rechazo de los gobiernos europeos, como también en Canadá, Asia y Oceanía. Los ministros de ambiente de Japón, China y Corea del Sur se sumaron también a la presión de la Unión Europea para que el presidente de Estados Unidos mantenga los compromisos acordados en el Protocolo de Kyoto. Este acuerdo suscrito en 1997 compromete a 38 países industrializados para que reduzcan las emisiones de gases que provocan el efecto invernadero en un 5, 2 % respecto de los valores de 1990. La decisión de Estados Unidos es aún más alarmante si se tiene en cuenta que este país tiene un 4, 6 % de la población mundial y genera el 24 % del total de dióxido de carbono emitido a la atmósfera, lo que equivale a 20 toneladas por habitante por año. Los ministros de Ambiente de Japón, China y Corea del Sur, Yoriko Kawaguchi, Xie Zhenhua y Kim Myung Ja, respectivamente, señalaron la importancia de la próxima reunión de la conferencia del Cambio Climático, que se celebrará el mes de julio en Bonn, y sostuvieron que es “vital para que el protocolo de Kyoto se ponga en práctica lo antes posible”. Sin embargo los planes de la Administración norteamericana parecen ser muy distintos. Richard Armitage subsecretario de Estado de Estados Unidos, indicó que antes de la reunión de julio en Bonn, Washington propondrá un plan alternativo para que todos los países, industrializados o no, participen en la reducción de las emisiones.

Si bien la Comisión Europea excluyó la posibilidad de renegociar el Protocolo de Kyoto propuesta por Bush, Goran Persson ministro de ambiente sueco y presidente de turno de la UE y Romano Prodi, presidente de la Comisión Europea, habían afirmado en el diario regional sueco Goteborgs-Posten que algunas partes del protocolo de Kyoto “podrían ser renegociadas para satisfacer a Bush, una cesión parcial preferible a empezar todo desde cero”. El  portavoz de la Comisión Europea, Jean-Christophe Filori, refutó las declaraciones Romano Prodi, sosteniendo que se mantendrán “firmes en el acuerdo de Kyoto. Para nosotros es intocable. Estamos dispuestos a continuar el proceso de ratificación, con o sin Estados Unidos”. Aclaró que también están dispuestos “a reanudar las discusiones sobre los detalles técnicos de la puesta en marcha, pero en el marco de los objetivos fijados en Kyoto. El marco y los objetivos no se pueden tocar”, añadió. El cumplimiento del acuerdo internacional era una de las promesas electorales de George Bush y también un compromiso asumido en la reunión de los Ministros de Ambiente del G-8.
Jürgen Trittin, ministro de ambiente de Alemania, planteó “seguir adelante en la firma del acuerdo de Kyoto sin Estados Unidos” y resaltó que el único camino para la protección del planeta “es la ratificación del Protocolo”. El funcionario indicó que espera que Estados Unidos “no bloquee el proceso de negociaciones” y recordó que “se trata de un acuerdo multilateral, y algún país puede decidir que no participa, pero no puede decir a los demás lo que deben hacer”. Trittin destacó el cambio de actitud de países que hasta ahora estaban reticentes al acuerdo como Australia, Japón, Nueva Zelandia, Noruega y Canadá. Noruega, está cada vez más cerca de protocolo y Australia y Japón muestran “importantes cambios”. El Gobierno de Bush sostuvo que no tenía interés “en implementar ese tratado”. Bush indicó que no aceptará “un plan que dañe nuestra economía o afecte a los trabajadores estadounidenses. Nuestra economía se ha desacelerado.  También tenemos una crisis de energía, y el poner límites al CO2 no tiene sentido para nuestro país”.
Fuentes: FUNAM (Córdoba); Diario La Voz del Interior (Córdoba); Diario Clarín, Nación (Buenos Aires); Diario El País (España), marzo y abril de 2001.



Protocolo de Montreal

El Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan el ozono1 es un tratado internacional diseñado para proteger la capa de ozono reduciendo la producción y el consumo de numerosas sustancias que se ha estudiado que reaccionan con el ozono y se cree que son responsables del agotamiento de la capa de ozono. El acuerdo fue negociado en 1987 y entró en vigor el 1º de enero de 1989. La primera reunión de las partes se celebró en Helsinki en mayo de ese 1989. Desde ese momento, el documento ha sido revisado en varias ocasiones, en 1990 (Londres), en 1991 (Nairobi), en 1992 (Copenhague), en 1993 (Bangkok), en 1995 (Viena), en 1997 (Montreal) y en 1999 (Pekín). Se cree que si todos los países cumplen con los objetivos propuestos dentro del tratado, la capa de ozono podría haberse recuperado para el año 2050. Debido al alto grado de aceptación e implementación que se ha logrado, el tratado ha sido considerado como un ejemplo excepcional de cooperación internacional.

Políticas y normatividad sobre SAO
Lección 2: Tratados internacionales
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Obligaciones de los países en el marco
del Protocolo de Montreal

Cada una de las Partes del Protocolo de Montreal debe cumplir con el Protocolo y las enmiendas que ha ratificado.
Las dos principales obligaciones de las Partes son:
  1. Cumplir con la congelación y la eliminación
  2. Prohibir el comercio de SAO con Estados que no son Partes del Protocolo
Las obligaciones de congelación y eliminación difieren entre los países desarrollados y los países en desarrollo, considerando que los países en desarrollo generalmente no tienen acceso a tecnologías alternativas, conocimientos técnicos e inversión en capital. Las SAO que aparecen marcadas en el siguiente cuadro ya se eliminaron (con margen para posibles exenciones aprobadas); si no, se indica la fecha prevista para su eliminación:
SAO Países del artículo 2
(desarrollados)
Países del artículo 5
(en desarrollo)
HBFC
Checkmark
Checkmark
Bromoclorometano
Checkmark
Checkmark
Todos los CFC
Checkmark
2010
Halones
Checkmark
2010
Tetracloruro de carbono
Checkmark
2010
Metilcloroformo
Checkmark
2015
Bromuro de metilo
Checkmark
2015
HCFC
2030
2040
Checkmarksignifica eliminada: los países no pueden producir o importar esa SAO.
Para los países del artículo 5, la producción y el consumo de HCFC deben preservarse en el promedio de los niveles de 2009 y 2010 para 2013, y reducirse de la siguiente manera:
  • 10% para 2015
  • 35% para 2020
  • 67.5% para 2025
  • 97.5% para 2030
  • con un margen permitido de 2.5% para fines de mantenimiento sólo hasta 2040.
El Protocolo de Montreal establece calendarios específicos de eliminación para cada grupo de países (desarrollados y en desarrollo), los cuales se aplican mediante reglamentos internos para cumplir con dichos compromisos. Por lo tanto, los inspectores de aduanas deben estar informados y actualizados sobre la normatividad en materia de importaciones específica de cada país para el control de SAO. Al final de este módulo del curso encontrará más información al respecto.

Plan de gestión para la eliminación de los HCFC

Según reflejan las comunicaciones del Comité Ejecutivo del Protocolo de Montreal (ExCom 53/37 y ExCom 54/39), las Partes del Protocolo han acordado el 2013 como fecha en que se dejarán fijos los niveles de producción de los HCFC y acordaron iniciar el proceso de reducción a partir del año 2015. Debido a que los HCFC también dañan la capa de ozono, se los utiliza como reemplazos transitorios para los refrigerantes, los solventes, gases propulsores para la producción de espumas plásticas y en extinguidores. Se los utiliza como reemplazo transitorio ya que su efecto potencial sobre el ozono (conocido como ODP por sus siglas en inglés – Ozone Depleting Potential) es casi 20 veces menor y su potencial de calentamiento global (GWP por sus siglas en inglés – Global Warming Potential) es significativamente menor también. La falta de alternativas para los CFC y HCFC (por ejemplo en los inhaladores que se usan para el tratamiento de asmáticos o personas con afecciones respiratorias) son la razón para las pocas excepciones que existen a su uso como así también los halones aún en uso en los sistemas de supresión de incendios en aeronaves y submarinos. Las provisiones del Protocolo incluyen como requisito que las Partes basen sus decisiones futuras sobre fundamentos científicos actuales como así también toda la información ambiental, técnica y económica actualizada y disponible que es evaluada por un panel de expertos de la comunidad internacional. Los informes sobre los avances han sido informados en varias ocasiones por la Organización Meteorológica Mundial. También existen informes que preparan las organizaciones gubernamentales y las ONGs donde se presentan alternativas para las sustancias que agotan el ozono ya que estas tienen un fuerte impacto en ciertos sectores productivos por usarse en agricultura, producción de energía, refrigerantes y mediciones de laboratorio.
4/ 09/ 2014

La capa de ozono comienza a recuperarse, según el último informe de la OMM

Expertos calculan que para mediados del siglo la capa de ozono se habrá recuperado en un 100%

 
 
Según el último comunicado de la Organización Meteorológica Mundial (OMM) las sustancias que agotan la capa de ozono han disminuido en un 90% en los últimos 20 años. Para 1987 se produjeron 10 gigatoneladas de emisiones de dióxido de carbono y en la actualidad se calcula que sólo se generan 0,5 gigatoneladas.
 
La razón: la efectividad del Protocolo de Montreal, un tratado internacional creado en 1978 y diseñado para proteger la capa de ozono. En este momento hay 174 países que lo han ratificado. Se considera que si todos los firmantes continúan con el cumplimiento de los acuerdos, para el 2050, la capa que protege la tierra de la radiación ultravioleta, se habrá recuperado en su totalidad.
 
La evaluación realizada por 300 científicos miembros de la OMM y del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), presentaron la primera actualización exhaustiva que resalta los esfuerzos de la cooperación internacional.
 
El Protocolo tiene bajo su control 96 productos químicos y aunque no son todos los que emiten grandes toneladas de dióxido de carbono, se prevé que en los próximos años el tratado incluya algunos otros. Las sustancias que han comenzado a reducirse e incluso a eliminarse son principalmente utilizadas en refrigeradores, aires acondicionados, aerosoles, espumas, atomizadores, equipos de extinción de incendios, entre otros.
 
La sustitución de este tipo de productos y la regeneración de la capa, hace pensar a los investigadores que para el 2030 se habrán evitado dos millones de casos anuales de cáncer de piel, además de impedir lesiones oculares, daños al sistema inmunológico humano y la preservación de la flora, la fauna y la agricultura en el mundo, aseguraron miembros del PNUMA.
 
El comunicado resalta que los avances y resultados de la implementación del Protocolo de Montreal también han tenido considerables efectos beneficiosos para el
clima mundial
, ya que se considera que muchas de las sustancias eliminadas y restringidas por el acuerdo, son gases que producen efecto invernadero. Sin embargo, las mismas instituciones encargadas del estudio, señalaron que algunos de los productos creados con el fin de sustituir los
químicos prohibidos, pueden ser beneficiosos para la capa de ozono, pero dañinos para el cambio climático.
 
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